Esteban Morales
UNEAC
Por fin han hecho su aparición las nuevas regulaciones migratorias cubanas.
Conscientes de que se trata de un tema de la más alta sensibilidad política, el gobierno cubano, ha promulgado el Decreto. Ley No. 302, Modificativo de la Ley 1312 “Ley de Migración” del 20 de Septiembre de 1976 y otras regulaciones relacionadas con ese tema, publicadas en la Gaceta Oficial del martes 16 de octubre del presente año 2012.
Emerge una nueva estrategia migratoria
Se puede decir, sin temor a equivocaciones, que el nuevo decreto ley No. 302, y sus implicaciones, representa no solo una modificación sustancial de las regulaciones hasta ahora vigentes, sino un verdadero cambio histórico de los métodos e instrumentos, con que la migración ha sido manejada por Cuba. Sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos dice que se trata de un cambio cosmético con efecto mediático, con lo que incrementa su desprestigio ante la población cubana, que ha reconocido de manera general el cambio migratorio como sustancial.
Las medidas migratorias representan primero que todo, un desafío inteligente y sustancial al carácter agresivo con que Estados Unidos ha manejado la política migratoria hacia Cuba en los últimos más de cincuenta años. Es posible afirmar, por lo tanto, que se ha entrado en un nuevo periodo histórico de las relaciones migratorias, desde la perspectiva cubana.
Las regulaciones migratorias que ahora toman cuerpo en el Decreto –ley No. 302, asumen consideraciones políticas, arrebatan la iniciativa a la administración estadounidense y desbordan el contexto de la política migratoria norteamericana, situando a ese gobierno en la obligación de reanalizar las condiciones en que se ha tratado a Cuba hasta ahora, debido a las razones fundamentales siguientes:
- El problema migratorio es enfrentado por Cuba, no es para responder a la agresividad de la política norteamericana como cuestión reactiva, a la Ley de Ajuste Cubano, ni a la política de“/pies secos y pies mojados”. No tiene tampoco un alcance limitado, sino que traza una política propia, con la independencia de quien sitúa en primer plano las necesidades del país y no las de la confrontación ya histórica, que no ha tenido solución alguna. Cuba ha virado el tablero. Veamos ahora qué hace Estados Unidos, que por lo pronto, parece que se quedará en el mismo lugar, aunque no parece que les resulte posible.
- Se parte de que la dinámica migratoria entre Cuba y Estados Unidos, ha pasado a una nueva etapa, en la cual, Cuba no está sujeta a la simple resistencia de la política norteamericana, como un asunto que afecta su seguridad nacional, sino que puede adoptar sus propias iniciativas políticas, con independencia de las actitudes que Estados Unidos pueda o no asumir como respuesta.
- El país asume con determinación e inteligencia, las contradicciones que aun pueden producirse entre flexibilidades y derechos, al verse obligado a defender su capital humano del “robo”de que ha sido objeto durante todos estos años. Pero lo cierto es que era Cuba, con su carta de invitación y el permiso de salida, la que aparecía como el obstáculo a vencer. Será Estados Unidos ahora, si no otorga las visas, quien quede como el “malo de la película” .Tampoco es posible hacerse ilusiones, pensando que todo esta resuelto, pues si no hay visado no hay viaje, aunque no haga falta carta de invitación, ni el permiso de salida.
- El país asume de una manera abierta la atención, tratamiento y defensa de sus emigrados, considerándolos paulatina y definitivamente parte de la nación y proponiéndose regularizar, sistematizar y defender la emigración, asumiendo las ventajas y desventajas internas y externas que ello representa, pero con la conciencia plena de que sus emigrados deben ser objeto de un tratamiento político justo y pleno en derechos.
- El país comienza a tratar con amplitud, el derecho de todos sus ciudadanos a viajar por el mundo, e instalarse donde deseen, aunque para ello, aun tenga que asumir regulaciones proteccionistas, muy realistas por cierto, que todavía limitan el derecho de algunos ciudadanos a emigrar libremente en el momento en que lo deseen.
- Con las regulaciones que ahora se asumen, aunque arrastrando todavía ciertas limitaciones de temporalidad, el país contribuye sobremanera a situar a sus ciudadanos paulatinamente fuera de la condición que han debido sufrir, de ser considerados siempre como potenciales emigrados. Situación que de todos modos, se mantendrá sobre los viajeros cubanos, para la obtención de los visados, pero que irá desapareciendo, en la misma medida en que el proceso migratorio o el simple viaje al exterior, se vaya convirtiendo en un fenómeno normal para cualquier ciudadano cubano.
- El cubano que desee viajar por cualquier motivo ya podrá experimentar el beneficio de la disminución del costo de los tramites de viaje. Aunque el pasaporte costará un poco más.
- El aspecto financiero beneficia a una parte mayoritaria de la ciudadanía y a ciertos sectores de la población, por su todavía limitada presencia entre los emigrados (población negra y mestiza), receptora de menos remesas y de menos familiares en el exterior de los cuales recibir apoyo.
- La extensión a 24 meses del plazo de estancia en el exterior, prorrogables a 24 más, permite al ciudadano, considerar la posibilidad de estar un tiempo en el exterior sin romper el vínculo con el país. e incluso obtener el permiso de residencia en el exterior. Tal medida representa un salto sin precedentes frente a la “partida sin retorno”, antes vigente.
Tales consideraciones antes apuntadas, se apoyan en los beneficios que para los cubanos residentes en el país tienen las nuevas regulaciones. Entre ellas, las más importantes:
- Se elimina el permiso de salida, por lo que consecuentemente no es necesario pagar los 150 cuc que costaba, lo cual a su vez, simplifica los trámites de viaje
- Se elimina el requisito de tener carta de invitación de un ciudadano o institución del país a que se pretende viajar. Lo cual elimina también, para el trámite personal, el pago de dicho documento que fluctuaba entre 200 y 400 dólares o su equivalente en la moneda del país que invitaba.
- Se autoriza la salida de los menores de edad, según se desprende del texto de algunos artículos.
- Es posible permanecer en el exterior por un plazo de 24 meses, prorrogables a 24 mas, con la obligación de pagar solo la prórroga que exceda los primeros 24 meses. Es solo a partir de los 25 meses que una persona será considerada emigrada, aunque por razones justificadas se podrá extender la estancia.
- Se puede solicitar la residencia en el exterior por tiempo indefinido, por mantener una unión matrimonial, formalizada o no, con ciudadanos extranjeros, o por otras situaciones familiares y humanitarias excepcionales. Ese status también puede ser otorgado a los padres, e hijos menores de edad que lo deseen.
- Se deroga la nacionalización a favor el estado cubano de los bienes, derechos y acciones de los que se ausentaran con carácter definitivo del país. Lo cual tiene un alto significado económico, tanto para el que decide emigrar como para su familia. Respecto a esto parece estar rodando la errónea interpretación de que los que se han marchado definitivamente del país pueden reclamar sus propiedades. El Decreto- Ley No.32 se está refiriendo a los que emigren definitivamente a partir del 14 de enero del 2013, no a los que ya han emigrado antes.
- Los graduados de cursos diurnos de la educación superior puede ser autorizados a viajar por asuntos personales, lo que antes no era permitido, hasta que no cumplieran el servicio social.
Con posterioridad al lanzamiento del Decreto-Ley No. 302, se anunciaron algunas medidas adicionales. Estas son las siguientes:
- Se normaliza la entrada temporal al país de quienes emigraron ilegalmente después de los Acuerdos Migratorios de 1994, si han transcurrido más de 8 años de su salida.
- Se normaliza la entrada temporal al país de los profesionales de la salud deportistas de alto rendimiento que abandonaron el país luego de 1990, si han pasado 8 años de ese hecho. Exceptuándose, por razones de defensa y seguridad, quienes salieron por la Base Naval de Guantánamo.
- Se amplían las causas de repatriación, para los que salieron del país con menos de 16 años y también por razones humanitarias.
- Se regularizan las visitas de los emigrados ilegales con menos de 16 años, en cuyo caso no tienen que esperar los ocho años.
Estos anuncios a posteriori¸ son una clara señal de que se continuaran emitiendo nuevas regulaciones según esta vayan siendo concretadas .Por lo que es posible esperar hacia el futuro que lo que regula el Decreto-Ley 32 se continuará ampliando.
Continúe leyendo...
Fuente: Moncada
Nenhum comentário:
Postar um comentário